DECLARATORIA DE HEREDEROS

 

Al fallecimiento de un familiar se generan una serie de dudas y una de las primeras cuestiones que hay que resolver es si ha dejado testamento o no. El testamento ya hemos señalado en este blog es el acto por el que una persona dispone para después de su muerte de todos sus bienes o de parte de ellos.

En este punto vamos a centrarnos en el supuesto de que el fallecido o causante no haya otorgado testamento, lo que se denomina sucesión “ab intestato”, sin testar.

Habida cuenta que cuando se ha dejado testamento ya se determinan los herederos del fallecido, cuando no hay testamento hay que realizar una declaratoria de herederos, y en este caso hay que seguir lo que marcan las leyes que son las que, en defecto de la voluntad del fallecido, nos dicen quienes van a heredar y cómo se pueden proclamar los herederos.

HEREDAS te puede ayudar si te encuentras en esta situación, no dudes en consultarnos.